Esta ley significa que los nicaragüenses ahora
tienen un marco legal que orienta a las
instituciones del estado a dirigir sus esfuerzos
en garantizar el Derecho Humano a la
Alimentación Adecuada de todas y todos los
Nicaragüenses.
El presidente de la Comisión de Producción,
Economía y Presupuesto, el diputado
Wàlmaro Gutiérrez, destacó que la Ley SSAN es una Política de Estado de
ineludible cumplimiento, independientemente
del gobierno de turno. Esta ley obliga al
Estado a destinar partidas del presupuesto
ordinario para asegurar la producción de
alimentos que requiere la población.
Por su parte, la Diputada Dora Zeledón,
gestora de la Ley SSAN, expresó la
importancia de la organización del estado en
función de garantizar la SSAN y destaca la
creación, a través de la Ley, del Consejo de
SSAN Nacional (CONASSAN) el cual asegura
la participación de todos los Poderes del
Estado, Asociación de Municipios,
Empresarios y los diferentes Gremios del país.
La diputada sandinista y segunda secretaria
de la junta directiva de la Asamblea Nacional,
Alba Palacios indicó que la Ley también
otorgará exoneraciones fiscales a pequeños
productores del sector agropecuario.
La ley comprende mecanismos de articulación
y cohesión de las instancias del estado para asegurar la SSAN de la
población pobre y en extrema pobreza,
entre los que se destacan: La Alineación de
Políticas, El Sistema de Planificación y El
sistema de Seguimiento. A través de líneas
políticas en: Los Sistemas Alimentarios,
Salud Integral basada en Alimentación
Saludable, Nutrición Escolar, Cultura
Alimentaria y Gestión ambiental, con la
visión de un sistema multi-institucional
integrado, la ley promueve la eficiencia del
estado en un contexto de crisis global,
reducción de la inversión pública y privada
con un enfoque de SSAN y Desarrollo.
En su artículo 3, la ley hace referencia a la
Autosuficiencia Alimentaria, la Estabilidad en
el Abastecimiento de los Alimentos todo el
tiempo y el Respeto al Derecho de la
Cultural Alimentaria de la población
nicaragüense.
La ley abarca los aspectos de Justiciabilidad
citados en el arto 38 el cual dice que: “La
procuraduría para la defensa de los
derechos humanos, debe garantizar el
derecho de las personas con Equidad de
Género, Soberanía y Seguridad Alimentaria y
Nutricional.
” En resumen la Ley contiene los siguientes
resultados y compromisos los que implican
el reforzamiento de la Lucha contra el
Hambre a un nivel multisectorial:
- Derecho a la Alimentación
- Ley como Política de Estado
- Conformación del CONASSAN
El proceso de negociación de la ley ha
contado con el apoyo técnico del Programa
Especial para la Seguridad Alimentaria (PESA) de la Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación (FAO)
en Nicaragua, programa financiado por el
Gobierno de España.